martes, 16 de noviembre de 2010

DERECHOS COLECTIVOS

Con derechos colectivos nos referimos a los derechos a una identidad cultural, colectiva e histórica de los pueblos indígenas. Son el derecho de determinar libremente sus relaciones con los Estados en un espíritu de coexistencia, diálogo, beneficio mutuo y pleno respeto, así como el derecho a determinar su propia condición política y perseguir libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Ejercer derechos colectivos es gozar del reconocimiento y la libertad de conservar y reforzar las propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez los derechos a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural de los Estados.

El reconocimiento y ejercicio de los derechos colectivos implica la convivencia en el marco de la diversidad de las nacionalidades y pueblos, respetando y reconociendo lo siguiente:

  • La territorialidad:
    • La participación en el uso y administración de los recursos naturales como el agua, bosques, etc., que se encuentren en territorios indígenas
    • La consulta a los pueblos indígenas para la explotación de los recursos naturales como minas, petróleo, etc.
  • La indemnización a comunidades indígenas por daños ocasionados a la naturaleza por la explotación de recursos
    • La conservación de la propiedad de tierras comunitarias
  • La conservación de una identidad cultural:
    • Contar con sistemas de educación intercultural bilingüe
    • El derecho al uso de la lengua materna indígena
    • La propiedad intelectual colectiva de conocimientos
    • La práctica de medicina ancestral y alternativa
    • El uso de vestimenta propia y símbolos de identidad
    • La conservación de lugares sagrados y rituales
  • El uso de formas propias de organización:
    • La conservación y generación de sus formas de organización social; el fortalecimiento de gobiernos locales y comunitarios
    • El ejercicio de la administración de justicia al interior de las comunidades
    • La participación de representantes en los organismos del Estado


    o  
    o   
    o    la conservación de la propiedad de tierras comunitarias
    •    la conservación de una identidad cultural:
    o    contar con sistemas de educación intercultural bilingüe
    o    el derecho al uso de la lengua materna indígena
    o    la propiedad intelectual colectiva de conocimientos
    o    la práctica de medicina ancestral y alternativa
    o    el uso de vestimenta propia y símbolos de identidad
    o    la conservación de lugares sagrados y rituales
    •    el uso de formas propias de organización:
    o    la conservación y generación de sus formas de organización social; el fortalecimiento de gobiernos locales y comunitarios
    o    el ejercicio de la administración de justicia al interior de las comunidades
    o    la participación de representantes en los organismos del Estado
Hay una asociacion que es la IBIS

El trabajo de IBIS se basa en el ejercicio de los Derechos Colectivos, tanto en el ámbito local, nacional y regional e internacional.

2 comentarios:

  1. Hey ke onda
    No pues tu información esta muy bn redactada
    Me gusta
    Xale pss cuídate

    Adioz..Cx

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  2. LOS DERECHO COLECTIVOS SON
    ALGO DE UN GRUPO DE PERSONAS
    OK MUY BIEN ESTA MUY BUENA TU
    PUBLICACION.
    PASA POR MI BLOG...
    BAY :)

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